Ahora, la fotografía digital e Internet representan un nuevo campo de batalla en la lucha por los derechos de autor de los fotógrafos.

Sin ir más lejos, hace unos meses, un cliente me preguntó si yo había revendido a un diario cordobés una foto mía (un retrato) usada con exclusividad en la ilustración de la memoria y balance de un banco unos años antes.

Por supuesto que yo no había vendido dos veces esa foto exclusiva. Pero la persona retratada se vio en las páginas de ese diario y puso el grito en el cielo (con justa razón).

¿Cómo llegó mi foto, sin autorización, desde esa memoria y balance del banco a las paginas con notas promocionales de un diario?

Reconstruyamos un posible curso de acción. La nota promocional en la que se usó mi foto se refería a telefonistas. Si ustedes tipean la palabra “telefonista” en el buscador Google, limitan la búsqueda a Argentina , y abren la pestaña Imágenes verán aparecer una foto de una telefonista. Dicha foto figura en mi web como muestra de mi trabajo y se puede ingresar a www.molinarifoto.com.ar a partir de un click sobre ella. Los invito a hacerlo. La foto corresponde a la memoria y balance de un prestigioso banco del interior del país.

La persona responsable de la nota en el diario pudo haber hecho click derecho sobre la imagen, activar la opción “Guardar Como” y grabar la imagen en su computadora. Luego pudo incluir la imagen en el diseño de la página del diario e imprimirlo con toda tranquilidad.

Lo mas gracioso del caso fue que si bien esta persona había levantado la foto de mi web, en Buenos Aires, (…total yo estaba lejos…) el banco y el diario pertenecen a la misma ciudad del interior de la Argentina (cosa que los del diario no sabían). La persona retratada es empleada de dicho banco. De modo que se armo un pequeño escandalete.

Presumo que los editores del diario deben estar sumamente ocupados, porque hasta el día de hoy no me han contestado afirmativa o negativamente acerca de mis consultas sobre este curioso tema.

Las otras alternativas que se me ocurren al modo en que alguien se apoderó de esta foto son:

A- Alguien ingresó en mi estudio y sin que yo lo supiera revisó el archivo con mas de 500 CDs, encontró la foto, la copió en un CD y se marchó sin que yo me diera cuenta.

B- Alguien encontró la memoria y balance original, la fotografió, la destramó, hizo la corrección de color correspondiente y la usó.

De todos modos la sustracción o destrucción de archivos digitales no es delito en Argentina. Baste recordar el reciente fallo que absolvió a un ex – empleado de una empresa que inundó de virus y destruyó parte de los activos digitales de sus ex – empleador. Solo es delito la destrucción física de un disco rígido, pero no el borrado intencional de sus archivos. Según la ley Argentina, los archivos digitales no son cosas judiciables.

Solo es pasible de reclamo el uso de la imagen fotográfica.

Mientras los legisladores se ocupan de temas de mayor volumen económico, los fotógrafos podemos elaborar algunas técnicas destinadas a proteger nuestra propiedad intelectual expuesta en Internet del uso que personas ignorantes o que no valoran la propiedad ajena, dentro de los medios de prensa, la publicidad o las comunicaciones quieran hacer de ella sin abonar la factura correspondiente.

Nuestras páginas web son el equivalente de esas prolijas vidrieras que hace muchos años engalanaban el frente de los estudios fotográficos, en los barrios y en el centro de Buenos Aires y en las ciudades y pueblos del interior.

¿Qué hubieran pensado nuestros antiguos colegas si alguien les escamoteaba una foto de la vidriera o les sacaba una copia a través del vidrio?

De todas maneras el problema siempre existió. Yo he visto muestras de retratos de Witcomb con un humillante perforación que decía “Muestra”, para que la foto no pudiera ser exhibida con orgullo en ningún salón elegante. También he visto muestras de retratos amarillentas de los años 50 de un fotógrafo de la calle Gaona con un sello al dorso que rezaba: “Muestra sin fijar”. Cambia la tecnología, pero no la condición humana

¿Cómo podemos protegernos y exhibir nuestros trabajos en la Web sin temor a apropiaciones indebidas?

Acá van algunas recetas

Códigos

Use números de código en vez de nombres descriptivos. En vez de titular con un nombre descriptivo los archivos de sus fotos subidas a la web, asígneles un nombre en código. Cambie nombres como “Atardecer otoñal” por AO3456. De ese modo sus fotos quedarán parcialmente a salvo de los buscadores de imágenes.

Use Flash

Los sitios hechos en Flash compilan todo el contenido en un archivo SWF, que es el que se ejecuta dentro del navegador. Allí es imposible usar la opción del click derecho y “Guardar Imagen Como”

Use Javascript

Existen códigos de Javascript que inhiben el uso del click derecho e incluso despliegan un mensaje del tipo «No se le ocurra copiar esta imagen»

Pise las fotos

Un texto semitransparente con nuestro nombre o logo superpuesto a la foto puede permitir que la apreciemos, pero que no se pueda usar en ningún medio.

Esto es particularmente útil a los retratistas o socialeros que quieren entregar muestras en CD u on-line sin temor a los pícaros

Reclame

Siempre que vea un uso indebido de sus imágenes reclame ante quien las usó. De este modo iremos terminando con la idea de que es posible apropiarse de los derechos ajenos sin que pase nada. Asesórese con fotógrafos que hayan experimentado situaciones similares y con abogados expertos en el tema. Quien dijo que todo está perdido?

Captura de pantalla de molinarifoto.com.ar

Mariano Molinari
(Copyright Mariano Molinari)